Condiciones Del Servicio De Asesoría Y Asistencia Legal Para Inversores Extranjeros (golden Visa)
Primero.
El presente documento establece las condiciones y requisitos del servicio ofrecido por “El prestador del servicio” de una parte y de otra “El Cliente”. En ningún caso, “El prestador del servicio” será responsable por la actuación individual de “El Cliente”. De igual forma, “El prestador del servicio” no garantiza en ningún instante la concesión de ningún visado o bien permiso de vivienda por cuanto es materia reservada de la administración pública. “El prestador del servicio” no es responsable por la situación personal previa o falta de requisitos para conseguir el visado o autorización de vivienda, entendiendo que es “El Cliente” el principal interesado y encargado en saber si cumple o bien no con los requisitos señalados y establecidos para la concesión de las autorizaciones solicitadas.
Segundo. Ámbito de la prestación del servicio
El coste del servicio comprende la consultoría, y asistencia de “El prestador del servicio” que abarca:
Tercero. Honorarios Profesionales
Los honorarios por la prestación de los Servicios a “El Cliente” van a ser los establecidos al instante de contratación en el portal web o en la oficina, con arreglo a los criterios de cuantificación que en él se establezcan. Salvo indicación en contrario, los importes de honorarios estimados o presupuestados son netos del IVA y de cualquiera otros impuestos indirectos que resulten de aplicación, que se incluirán en la factura como conceptos separados y discriminados.
Cuarto. Trámites y Requisitos Previos para cualquier Visado de Inversión que “El Cliente” debe tener presente
Requisitos Generales (Ley de apoyo a los emprendedores y su internacionalización):
Los ciudadanos de la región administrativa de la ciudad de Hong Kong y Macao y Taiwán (ciudadanos de Taiwán requieren un número de documento de identidad en el pasaporte) están exentos de visado.
Países cuyos ciudadanos no precisan visado sujetos al reglamento CE quinientos treinta y nueve-2001. ALBANIA (1) – ANDORRA – ANTIGUA Y BARBUDA – ARGENTINA – A.R.Y.M. (Ant. Rep. Yugoslava Macedonia) (1) AUSTRALIA – BAHAMAS – BARBADOS – BOSNIA HERZEGOVINA (1) BRASIL – BRUNEI DARUSSALAM – CANADÁ – CHILE – COLOMBIA – COREA DEL SUR – COSTA RICA – DOMINICA – EL SALVADOR – EMIRATOS ARABES UNIDOS – ESTADOS UNIDOS – GEORGIA (1) – GRANADA – GUATEMALA – HONDURAS – ISRAEL – JAPÓN – KIRIBATI – MALASIA – MARSHALL ISLAS – MAURICIO – MÉXICO – MICRONESIA – MOLDOVA (1) MÓNACO – MONTENEGRO (1) – NAURU (3) -NICARAGUA – NUEVA ZELANDA – PALAOS – PANAMÁ – PARAGUAY – PERÚ – SALOMÓN (ISLAS) – SAMOA (seis) – SAN CRISTOBAL Y NIEVES – SAN MARINO – S. VICENTE Y GRANADINAS (seis) – SANTA LUCÍA – SANTA SEDE – SERBIA (1) (2) – SEYCHELLES – SINGAPUR – TIMOR ORIENTAL – TONGA – TRINIDAD Y TOBAGO – TUVALU – URUGUAY – VANUATU – VENEZUELA.
No obstante, y también independiente del País, es esencial cumplir con el resto de requisitos a fin de que la entrada en España sea correcta).
Otros: Fotos; Certificado médico que acredite la ausencia de enfermedades tanto del solicitante como de su familia.
Quinto. Desistimiento
En caso de desistimiento del servicio “El Cliente” está obligado a anular cualquier gasto generado con ocasión al mismo, con independencia de la fase y del resultado objeto del servicio.
Sexto. Trámites Generales para Cualquier Inversión
1.- Contratar nuestros servicios en el sitio web completando todos y cada uno de los datos solicitados.
Séptimo. Petición del Permiso de Residencia
Una vez concedido el visado de residencia (expedido por un año de duración) el usuario tiene un plazo para viajar a España de 30 días desde su concesión. Una vez en España puede solicitar el permiso de residencia. Con este permiso podrá residir durante un par de años sin necesidad de salir a los noventa días. Este permiso de vivienda de 2 años se podrá ir renovando cada cinco años y luego de diez años va a poder solicitarse la nacionalidad española (hay ciudadanos de algunos países que tienen convenios con España y que habilitan la solicitud de la nacionalidad española antes de los diez años).
Octavo. Beneficios del Servicio:
-. “El Cliente” / Inversor va a conocer las características básicas de la inversión.
-. Asistencia Judicial (recursos administrativos y judiciales en casos de denegación o bien inadmisión de la petición).
Noveno. Requisitos Concretos conforme el Género de Inversión
Compra de Bienes Inmuebles en España
“El Cliente” interesado en conseguir un visado y después un permiso de vivienda mediante la compra de bienes inmuebles en España (casas, pisos, terrenos, edificios, almacén, edificio industrial, etc.) va a deber adquirir inmuebles nuevos o usados con una inversión mínima de 500.000,00 eur (excluyendo los gastos de inscripción en el registro de propiedad, gastos de escritura notarial, impuestos de transmisiones, etc.).
La acreditación de la compra de la propiedad de los bienes raíces será mediante certificación de dominio y cargas del Registro de la Propiedad que corresponda al inmueble o inmuebles. La certificación va a poder añadir un código electrónico de verificación para su consulta online. Esta certificación incluirá el importe de la Adquiere. También puede ser acreditado mediante escritura pública. Si en el instante de la solicitud del visado, la adquisición de los inmuebles se encontrara en fase de inscripción en el Registro de la Propiedad, va a ser suficiente la presentación de la certificación en la que conste el asiento de presentación del documento de la compra, acompañada de documentación que acredite del pago de los tributos correspondientes.
Depósitos en entidades financieras
En el supuesto de inversión mediante depósito bancario, va a deber presentarse un certificado de la entidad en el que se constate que “El Cliente” es el titular único del depósito bancario por importe de Un millón de euros.
Compra de Títulos de Deuda Pública Española
Se presentará un certificado de la financiera o bien del Banco de España en el que se indique que “El Cliente” es el titular único de la inversión por un periodo igual o bien superior a cinco años y por un precio de Dos millones de euros. abogados inmigrantes
Compra de acciones o participaciones en sociedades españolas
En el presunto de inversión en acciones no cotizadas en bolsa o participaciones sociales habrá de ser aportado el ejemplar de la declaración de inversión realizada en el Registro de Inversiones Exteriores del Ministerio de Economía y Competitividad.
En el presunto de inversión en acciones cotizadas en bolsa, se presentará un certificado del mediador financiero, correctamente registrado en la Comisión Nacional del Mercado de Valores o bien en el Banco de España.
En cualquiera de los supuestos anteriores la inversión habrá de ser por importe de Un millón de euros.
Fondos de Inversión
En el presunto de fondos de inversión de carácter cerrado o fondos de capital riesgo constituidos en España, se presentará un certificado de la sociedad gestora del fondo, constituida en España, debidamente registrada en la Comisión Nacional del Mercado de Valores, en el que conste “El Cliente” ha realizado una inversión de, por lo menos, un millón de euros en un fondo o fondos bajo su administración.
Proyecto Empresarial
En este supuesto se va a deber presentar un informe conveniente para comprobar que el proyecto empresarial presentado tiene razones de interés general. El informe procederá de la Oficina Económica y Comercial.
Abogado. Lino José García Noriega. Versión: Marzo 2019.